Trámites

Los estándares de cuidado para las personas trans de la WPATH en su última versión proponen unos criterios a tener en cuenta para poder llevar a cabo las cirugías a las que se someten los pacientes transexuales. Es importante recalcar que estas “normas” son flexibles y buscan promover una excelente atención a la salud de nuestros pacientes, dando la posibilidad a los profesionales en la práctica privada, de ajustarlas, según sea necesario, siempre documentadas a través del consentimiento informado para garantizar una atención de calidad.

Sin embargo, en España, la Ley 4/2023, de 28 de febrero, prioriza la autodeterminación de género, eliminando requisitos como diagnósticos médicos, psicológicos o periodos obligatorios de experiencia de vida real o terapia hormonal para acceder a tratamientos relacionados con la transición.

IM GENDER

¿Cuáles son los trámites?

En el caso de la cirugía de afirmación genital, anteriormente se aplicaban criterios propuestos por la WPATH, como:

  • Transexualidad bien documentada.
  • Capacidad para tomar una decisión y consentimiento plenamente informados sobre el tratamiento.
  • Mayoría de edad en el país.
  • Si hubieran problemas médicos o psicológicos presentes, deberán estar bajo razonable control.
  • 12 meses continuados de terapia hormonal adecuada a la meta del género del paciente (a no ser que tenga contraindicaciones médicas o no pueda o no quiera tomar hormonas).
  • 12 meses continuados de experiencia de la vida real en un rol de género que sea congruente con su identidad de género.

Con la Ley 4/2023, estos requisitos han sido eliminados en España, dejando como único requisito el consentimiento informado de la persona para acceder a la cirugía, respetando su autodeterminación de género.

Las recomendaciones de la WPATH, como las relativas a terapia hormonal, transición social y asesoramiento psicológico, pueden seguir considerándose útiles para quienes deseen adoptarlas, pero no son obligatorias según la legislación vigente.

¿Cómo afecta la hormonación?

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LA HORMONACIÓN EN MUJERES TRANSEXUALES

Durante el tratamiento hormonal, la mujer trans experimentará los siguientes cambios:

  • Crecimiento de las mamas
  • Piel más suave
  • Disminución del vello corporal
  • Redistribución grasa (otorgándole un contorno femenino)
  • Retardo o interrupción del proceso de caída del cabello
  • Reducción de la fuerza
  • Reducción de la fertilidad
  • Reducción del tamaño de los testículos
  • Erecciones menos firmes y frecuentes

Para someterse a una cirugía de afirmación genital, la WPATH recomienda que la persona hubiera recibido terapia hormonal durante 12 meses continuados (a no ser que tuviera contraindicaciones médicas, o no pudiera o no quisiera tomar hormonas).

Es importante aclarar que después de la cirugía de afirmación genital, suele ser necesario mantener el tratamiento durante toda la vida, aunque en dosis menores.

El tratamiento debe ser supervisado por un médico especialista para garantizar su seguridad y prevenir efectos adversos como problemas hepáticos o riesgo de osteoporosis.

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LA HORMONACIÓN EN HOMBRES TRANSEXUALES

Según se ha comprobado, los hombres transexuales sometidos al tratamiento hormonal experimentan ciertos cambios. Los más habituales son:

  • Un tono de voz más grave
  • Mayor fuerza en la parte superior del cuerpo
  • Aumento de peso
  • Descenso en el volumen adiposo de las caderas (disminuye la grasa acumulada en esta zona)
  • Incremento del vello facial
  • Incremento del vello corporal
  • Alopecia de distribución similar a la masculina
  • Atrofia mamaria leve
  • Agrandamiento permanente del clítoris
  • Mayor interés sexual
  • Mayor capacidad de excitación

Es posible que los efectos máximos de la hormonación no se den hasta pasados uno o dos años desde su inicio. La respuesta de cada paciente a este tratamiento depende de su herencia genética.

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Inhibidores hormonales infantiles

Con el fin de evitar el sufrimiento que puede generar a la mayoría de niños y niñas transexuales, que su cuerpo desarrolle en sentido contrario a su identidad, puede recomendarse un tratamiento farmacológico que consistente en inhibidores hormonales o bloqueadores de la pubertad, análogos de GnRH para suprimir la producción de estrógeno o testosterona.

Este tratamiento es completamente reversible, y su objetivo es dar tiempo a la persona menor de edad para decidir sobre su identidad de género sin que se produzcan cambios físicos irreversibles. Según la Ley 4/2023, el acceso a estos tratamientos requiere el consentimiento informado de los tutores legales y una evaluación médica.

ANÁLISIS PSICOLÓGICO

La transexualidad no es, en ningún caso, un trastorno psicológico o psiquiátrico. Sin embargo, el control psicológico de la paciente transexual es aconsejable para acompañar en el llamado proceso de transición.

No existe una temporalización de este proceso de transición y cada persona trans debería elegir cómo y cuándo desea llevarlo a cabo, a qué ritmo y cuáles son los cambios que desea realizar.

Habitualmente, el proceso se inicia cuando la persona trans se siente segura de dar el paso. Y aunque no existe una manera «correcta» o un «protocolo adecuado» para hacer este proceso, la mayoría experimentan algunos cambios sociales comunes que pueden incluir o no la adopción de cambios en la manera de vestir, de peinarse, en la manera de expresarse y/o presentarse, modificación tanto del nombre como del sexo en la documentación de identificación personal, tratamiento con terapia hormonal o procedimientos quirúrgicos.

EL PROCESO

 

Aunque cada vez nuestra sociedad está más sensibilizada con la transexualidad y este proceso de transición se suele realizar a edades más tempranas, cuando se realiza en edades más tardías estos cambios pueden comportar algunos problemas al principio, sobre todo en el entorno académico y/o laboral, en el familiar y en el social. Sin embargo, es un proceso inevitable, tanto si la paciente decide someterse a la intervención como si únicamente continua bajo tratamiento hormonal o no. Contar con un apoyo familiar o social es muy importante para cualquiera que deba atravesar ese proceso de transición.

Antes, la WPATH proponía 12 meses de experiencia de vida real como requisito previo para la cirugía de afirmación genital. Pero la Ley 4/2023 elimina esta exigencia en España, dejando que las personas trans decidan los pasos de su transición según sus necesidades individuales.

Desde IM GENDER, sabemos que muchas veces las necesidades de las personas trans son diferentes, entendiendo estas normas como flexibles para adaptarlas a las diferentes necesidades de cada persona.

“La Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (2000) incluye, entre otros, el derecho a la integridad de la persona, al consentimiento libre e informado y el derecho de acceso a atención sanitaria”